“TODA LA INFORMACIÓN PARA UN BUEN VIAJE”

La Unión de Consumidores de Córdoba, quiere poner a su alcance las pautas, derechos…etc. y toda la información que necesita para disfrutar de unas vacaciones de forma segura. 

  DERECHOS COMO PASAJERO

Derecho a la información, al reembolso de trayecto si el vuelo se cancela, se deniega el embarque o si el vuelo se retrasa durante cinco horas o más, a la asistencia, a reclamar, a viajar en las mismas condiciones que otros ciudadanos si usted tiene una discapacidad o movilidad reducida.

 

 

El compromiso de las compañías aéreas y el de los aeropuertos

Algunas de las funciones a las que se comprometen las compañías son:

·         Notificar a los pasajeros sobre retrasos, cancelaciones y desvíos.

·         Asistir a los pasajeros que sufran retrasos.

·         .Provisión de infraestructura para facturación, equipaje y seguridad

·         Permitir que las reservas por teléfono se mantengan o cancelen sin ningún compromiso o recargo dentro del periodo de 24 horas.

·         Agilizar el pago de los reembolsos.

·         Dar asistencia a los pasajeros con movilidad reducida o con necesidades especiales.

·         Limpieza

 

RECLAMACIONES

Contrato de transporte

Cuando se considere que se han producido retrasos, pérdida o deterioro de equipajes, puedes escribir una carta de reclamación o utilizar para ello las hojas de reclamaciones que las compañí­as aéreas tienen a tu disposición.

Dicha reclamación deberá dirigirse a la compañía aérea cuando haya contratado únicamente el transporte, o a las agencias de viajes..

Recuerda que en cualquier caso, aunque la compañía no disponga de hojas de reclamaciones, puedes reclamar mediante una carta dirigida directamente a la propia compañía aérea o a través de una asociación de consumidores como la Unión de Consumidores de Córdoba.

INDEMNIZACIONES DE RETRASOS

La Compañía debe ofrecer comida y bebida en función del tiempo de espera, así como dos llamadas telefónicas o mensajes de fax o correo electrónico. Si la salida se produjera al día siguiente o días más tarde, también deben ofrecer alojamiento en un hotel y transporte entre éste y el aeropuerto.

·         RETRASOS AÉREOS SUPERIORES A 3 HORAS
Se puede solicitar una indemnización por retraso de vuelo de:

o    250€ (para vuelos inferiores a 1.500 km)

o    400€ (para vuelos entre 1.500 y 3.500 km)

o    600€ (para vuelos superiores a 3.500 km). Sólo se abonará un 50% de la indemnización si el retraso es superior a 3 horas pero inferior a 4)

·         RETRASOS SUPERIORES A 5 HORAS

También se tiene:

o    Derecho de reembolso y a un vuelo de vuelta al punto de partida: cuando el retraso sea de 5 horas o más, si decides no viajar, tendrás derecho al reembolso en 7 días del coste íntegro del billete. Además, cuando proceda, también tendrás derecho a un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.

INDEMNIZACIÓN EN CASO DE CANCELACIÓN DEL VUELO

Derecho al reembolso, debiendo la compañía aérea ofrecerte las siguientes opciones (la elección entre ellas te corresponde a ti):

·         Reembolso en 7 días del precio íntegro del billete.

·         Traslado al destino final lo antes posible en condiciones de transporte comparables.

·         Traslado al destino en condiciones comparables en otra fecha que convenga al pasajero.


 Derecho a que la compañía aérea cubra los gastos que genere el traslado de un aeropuerto a otro.
 Derecho a una compensación en las siguientes cuantías:

·         250€ (para vuelos inferiores a 1.500 km)

·         400€ (para vuelos entre 1.500 y 3.500 km)

·         600€ (para vuelos superiores a 3.500 km)

No obstante, no tendrás derecho a compensación en los siguientes casos:

·         Si te informaron de la cancelación del vuelo al menos con 2 semanas de antelación.

·         Si te informaron de la cancelación del vuelo entre 2 semanas y 7 días previo a la salida del vuelo y el nuevo vuelo ofrecido por la compañía sale con 2 horas de antelación cómo máximo con respecto a la hora prevista de salida y llega al destino final con menos de 4 horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.

·         Si te informaron de la cancelación del vuelo el mismo día de su salida o con menos de 7 días de antelación a la misma y el nuevo vuelo ofrecido por la compañía sale con 1 hora de antelación cómo máximo al previsto originalmente y llega a su destino final con menos de 2 horas de retraso al previsto.

·         Si la compañía ofrece un transporte alternativo y llegas a tu destino final con menos de 3 horas de retraso sobre la hora de llegada prevista.

Pérdida o deterioro de equipaje facturado

En caso de pérdida o deterioro del equipaje facturado, tienes derecho a una indemnización, a menos que no estuviera correctamente empaquetado.

Importe de la indemnización

·    Hasta 1.300 euros por bulto de equipaje facturado, si puedes demostrar el valor del contenido.

·     330 euros por bulto, si no puedes demostrar el valor del contenido.

 

 

 

 

DERECHOS EN EL TREN

Retrasos y cancelaciones

Si tu tren sufre un retraso o cancelación, tienes derecho a la información sobre la situación mientras dure la espera.

Si te comunican que el tren llegará a su destino con al menos una hora de retraso, tienes derecho a:

 

·         Anular el viaje y solicitar el reembolso inmediato del importe del billete, también puedes tener derecho al viaje de vuelta a tu punto de partida inicial.

·         Comida y bebida, en función del tiempo de espera;

·         Alojamiento, si la espera se prolonga hasta el día siguiente.

Si decides seguir viaje como habías previsto o aceptar el transporte alternativo hasta tu destino, es posible que tengas derecho a una compensación equivalente a:

·         El 25% del precio del billete, si tu tren tiene un retraso de entre una y dos horas

·         El 50% del precio del billete, si tu tren tiene un retraso de más de dos horas.

No recibirás compensación alguna si:

·         te informaron del retraso antes de adquirir el billete

 

Pérdida o deterioro de equipaje facturado

En caso de pérdida o deterioro del equipaje facturado, tienes derecho a una indemnización, a menos que no estuviera correctamente empaquetado.

Importe de la indemnización

·    Hasta 1.300 euros por bulto de equipaje facturado, si puedes demostrar el valor del contenido.

·         330 euros por bulto, si no puedes demostrar el valor del contenido.

 

Lesiones y fallecimiento

En caso de lesiones o fallecimiento a consecuencia de un accidente ferroviario, los pasajeros (o las personas a su cargo) tienen derecho a una indemnización y a recibir un anticipo en un plazo de 15 días para atender a sus necesidades económicas inmediatas, o a las de las personas a su cargo.

En caso de fallecimiento, el anticipo mínimo por persona es de 21.000 euros.

 

 

DERECHOS EN EL BARCO

En primer lugar, al comprar billete no pueden cobrarte más debido a tu nacionalidad o al lugar donde lo compres.

En segundo lugar, en caso de problemas, también tienes derechos. Esas normas no se aplican a:

  • Buques que transporten menos de 13 pasajeros
  • Buques que no tengan más de 3 tripulantes
  • Buques de excursión y turísticos que no tengan instalaciones de alojamiento o si las estancias nocturnas no superan las dos noches a bordo.

Retrasos y cancelaciones

Si el servicio sufre un retraso o cancelación, tienes derecho a información adecuada sobre la situación mientras dure la espera.

Si se cancela el servicio o la partida se retrasa más de 90 minutos, podrás elegir entre:

  • El reembolso de tu billete
  • El transporte, en condiciones similares, hasta tu destino final, tan pronto como sea posible y sin coste adicional.

Además, si la salida del barco se retrasa más de 90 minutos, tienes derecho a:

  • Comida y bebida, en función del tiempo de espera
  • Alojamiento, si la espera se prolonga hasta el día siguiente.

Si la llegada del barco a su destino se retrasa más de una hora, tienes derecho a indemnización. Según el retraso, el importe será equivalente al 25% o al 50% del precio del billete.

 

No recibirás ninguna indemnización si el retraso se debe a condiciones meteorológicas extremas o a una catástrofe natural.

 

 

 

VIAJE COMBINADO

Es la combinación previa de servicios vendidos u ofrecidos a la venta por un precio global.

·         Transporte

·         Alojamiento

·  Otros servicios turísticos no accesorios del transporte o del alojamiento y que constituyan una parte significativa del viaje combinado.

Los consumidores sólo están protegidos por estos derechos cuando se vendan o se ofrezcan a la venta al menos dos de estos elementos.

Se establecen diferentes reglas relativas a la información del consumidor. El organizador no está obligado a proporcionar un folleto al consumidor, pero si se hace, no podrá contener información engañosa.

Cualquier folleto que se ponga a disposición del consumidor deberá indicar de manera clara y precisa:

·         El precio.

·         El destino, el itinerario y los medios de transporte que vayan a utilizarse.

·         El tipo de alojamiento.

·         Las comidas servidas.

·         Las obligaciones en materia de pasaportes.

·         Las formalidades sanitarias.

·         Los vencimientos del pago.

La información contenida en el folleto es vinculante para el organizador.

Antes del inicio del viaje, el organizador ha de facilitar por escrito; los horarios y los lugares de escalas y los enlaces, el nombre, dirección, número de teléfono de la representación local, un número de teléfono de urgencia, algunos detalles suplementarios en caso de que viajen menores de edad, información sobre la suscripción facultativa de un contrato de seguro y de asistencia.

Escribir comentario

Comentarios: 0