La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia ha puesto sus miras en las quejas que las eléctricas y las comercializadoras de gas reciben de los consumidores. A partir de ahora, estas compañías deberán remitir cada tres meses a la CNMC las reclamaciones presentadas por sus respectivos clientes, según figura en una circular publicada el pasado 19 de agosto de 2016 en el Boletín Oficial del Estado.
“Circular 2/2016, de 28 de julio, de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia, sobre petición de información sobre reclamaciones de consumidores de energía eléctrica y gas natural a los comercializadores y distribuidores”.
Con estas medidas, competencia quiere conocer sobre todo la tipología de las reclamaciones y el tratamiento que se les da. Su objetivo, según explica la circular, es proteger a los consumidores de posibles abusos y «promover el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de competencia efectiva en beneficio de los consumidores y usuarios».
Si las empresas afectadas incumplen la remisión de información, se verán expuestas a un procedimiento sancionador y a una posible infracción de carácter grave o muy grave.
El regulador aprieta de esta forma a este sector tras haber atendido en 2015 un total de 1.948 consultas de consumidores y 1.378 reclamaciones. Las consultas se incrementaron un 20% respecto al año anterior y del total, un 77% correspondió a electricidad y el resto, a gases y fuel.

Por este motivo, y debido al aumento del número de contrataciones fraudulentas por parte de compañías que, en muchas ocasiones, llevan a cabo una publicidad engañosa e incluso llegan a cometer hechos delictivos como falsificaciones de firma por parte de contratadores. La Unión de Consumidores de Córdoba puso en marcha en 2013 el Observatorio del Suministro Eléctrico para canalizar todas las consultas y reclamaciones en materia de suministro eléctrico. Este nuevo proyecto, además, de analizar, atender, y resolver las dudas que se planteen entre los consumidores afectados, nació con la vocación de formar e informar a los ciudadanos en esta materia a la vista del alto grado de problemática que la liberalización del sector eléctrico ha originado.
Desde la Unión de Consumidores de Córdoba UCA-CÓRDOBA queremos alertar a la ciudadanía sobre el incremento de prácticas desleales en la comercialización de la luz. Concretamente, la práctica más habitual son casos de “slamming” eléctrico. El “slamming” eléctrico es una práctica fraudulenta llevada a cabo mediante captaciones irregulares de clientes por vía telefónica o mediante la visita de un agente comercial de las compañías eléctricas. Se realiza mediante la solicitud de una factura de la compañía habitual para “gestionar una estimación del ahorro” de la que disfrutaría el cliente si finalmente se cambiara de suministrador, o, incluso, la petición de una firma para “justificar la visita realizada”, pero que sin embargo serán usados para realizar un cambio falso que el usuario no ha aceptado.
Igualmente, en los últimos meses nuestra asociación ha atendido multitud de peticiones de información o reclamaciones por supuesta manipulación de los contadores. La irregularidad surge cuando el técnico de la compañía eléctrica detecta una posible manipulación del contador y no informa al usuario, sino que lo arregla y después se le obliga a pagar de nuevo un consumo estimado que incrementa sustancialmente la factura, todo ello sin pruebas que demuestren que los usuarios hayan manipulado el contador eléctrico.
Además, las compañías utilizan la amenaza de la interrupción del suministro como fórmula para instar al pago de esas cantidades, con lo que se están produciendo situaciones en las cuales los consumidores no disponen de recursos económicos para pagar esas elevadas cantidades y, por tanto, se procede a cortar la electricidad, con el perjuicio que ello conlleva.

Recomendaciones para los consumidores
1) Antes de decidirse por una nueva oferta, compare los precios y los servicios.
Si tiene dificultades para entender o comparar las ofertas de suministro de gas o de electricidad, utilice aplicaciones como el comparador de la CNMC comparadorofertasenergia.cnmc.es o pida asesoramiento en una Oficina de Información al Consumidor o a través de una organización de consumidores.
2) Infórmese si tiene derecho al bono social eléctrico, que ofrece la tarifa eléctrica más económica.
3) Antes de decidirse por una oferta, lea atentamente las condiciones del contrato. En particular, busque si el contrato incluye o no la contratación y cobro de otros servicios adicionales, ya que tal vez le pueda interesar más un contrato simple, que incluya únicamente el servicio de suministro de gas o electricidad.
4) Examine si el contrato tiene compromisos de permanencia o incluye penalizaciones económicas al consumidor por su cancelación.
5) Si recibe una llamada telefónica o una visita inesperada a su domicilio para que cambie de suministrador, no debe sentirse presionado, ni precipitarse. Pida una copia del contrato con las condiciones ofrecidas, y compruebe que en el contrato escrito figuran todas las condiciones que le indica el vendedor.
6) No facilite al vendedor los datos bancarios, ni las facturas anteriores, ni sus datos personales, si no está realmente seguro de la contratación.
7) Si realiza la contratación por internet, guarde o imprima una copia de la oferta y el contrato. En el caso de contratos celebrados fuera de establecimiento comercial (ventas domiciliarias, por teléfono o por internet), tiene 14 días para desistir del contrato sin tener que dar ninguna justificación.
La Unión de Consumidores de Córdoba, como organización que representa los intereses de las personas consumidoras y usuarias velará por el cumplimiento de todas las medidas anunciadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), y espera que cumpla su función y, al menos, cambie esta situación de indefensión para los consumidores, bien frente a una regulación poco clara, o bien frente a posibles incumplimientos de la normativa vigente por parte de las empresas.
Acceso al enlace:
https://www.cnmc.es/Portals/0/Ficheros/Energia/Circulares/Circular_2_2016/20160728_CIRCULAR-2-2016_BOE.pdf
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ALICIA (lunes, 19 septiembre 2016 13:14)
Gracias por los consejos, son muy útiles, sobre todo en este tema.